OIT y adicciones en el trabajo
Por Fernando Ribas de Pina Pérez
En 1996, la Organización Internacional del Trabajo editaba un documento titulado – Tratamiento de cuestiones relacionadas con el alcohol y las drogas en el lugar de trabajo – en el que recomendaba una serie de derechos y obligaciones de los principales actores del ámbito del trabajo: empleadores, trabajadores y gobiernos.
Veinticinco años después, la gran mayoría de estas recomendaciones siguen sin estar legisladas, a pesar de la incoherencia que existe entre el reconocimiento de las adicciones como enfermedad por parte del sistema sanitario y en el tratamiento que les da el Estatuto de los Trabajadores de 1995, en las que, en lugar de tratarlas como una enfermedad, son motivo de despido.
En sus recomendaciones generales, la OIT plantea la necesidad de “promover la prevención, la reducción y el tratamiento de los problemas relacionados con el consumo de alcohol y otras drogas en el lugar de trabajo” y ofrece pautas sobre cómo realizarlo.
El primer paso es tratar las adicciones como lo que son: una enfermedad.
Desde este prisma todo lo demás se desarrolla con mayor normalidad y sin discriminaciones.
Sin embargo, reconocer las adicciones como una enfermedad no es solo un planteamiento legal, es realizar un cambio cultural para muchas personas y entornos. Cambio que hemos de favorecer, para reducir el estigma que pesa sobre las personas con problemas adictivos y que dificulta los tratamientos retrasándolos y empeorando los diagnósticos.
Se plantea la importancia de la universalidad, referente a todos “los tipos de empleo, públicos y privados, incluidos los del sector no estructurado” y a todos los niveles de la entidad, “tanto al personal de dirección como a los trabajadores”. Hablamos de generación de salud, luego su aplicación ha de ser universal, como debe de ser el derecho a la salud.
Otro derecho es el de la confidencialidad de todos los datos personales que se puedan manejar en estas acciones, lo que obliga a unos protocolos y una seguridad bien diseñada para cumplir con esa confidencialidad.
“La no discriminación en el empleo a los trabajadores que tienen o tenían un problema de adicción”, es otro derecho recogido en el documento.
La OIT apela a la colaboración entre “los empleadores y los trabajadores y sus representantes para identificar las condiciones de trabajo que influyen en los problemas adictivos y adoptar medidas de prevención o corrección”.
Es la importancia de un análisis previo que permita reconocer las necesidades y por lo tanto los objetivos para los que hay que generar acciones.
Acciones que también han de materializarse en la colaboración “para elaborar, por escrito, una política para la empresa”.
Ese documento tendrá que recoger, además, los protocolos básicos de actuación.
Dentro de esos protocolos, la OIT desaconseja los análisis de tóxicos, ya que “plantean problemas de orden moral, ético y jurídico”, por lo que en caso de realizarse hay que definir cuándo puede ser justo y apropiado realizarlos y en las condiciones para su realización. Es fundamental que este tema este consensuado entre trabajador y empresa.
Plantea también que debe de reconocerse “al empleador la autoridad para sancionar a los trabajadores cuya conducta profesional sea impropia”, sancionando la conducta, no la enfermedad; pero aconseja que “es preferible que los remitan a los servicios de asesoramiento, tratamiento y rehabilitación en vez de aplicarles sanciones disciplinarias”.
Está claro que la ayuda genera colaboración y la sanción ocultamiento, empeorando los problemas y creando el efecto perverso de deteriorar la seguridad y la salud.
La OIT destaca la importancia de la estabilidad del puesto de trabajo como un factor importante para facilitar la superación de los problemas y, por lo tanto, para acceder al asesoramiento y los tratamientos de rehabilitación. También que deberían gozar de las mismas oportunidades de traslado y ascenso profesional que el resto de personal.
Por fortuna, cada vez más empresarios, representantes sindicales y profesionales de las adicciones, la seguridad y la salud laboral, trabajan conjuntamente para ir incorporando, poco a poco, pero con encomiable constancia, estos planteamientos al día a día de más entornos de trabajo con la única estrategia que asegura el éxito: el diálogo abierto para alcanzar consensos desde los que seguir trabajando hacia el futuro.
Los beneficios son amplios y generosos: salud y bienestar, pero también incremento de la producción y de mayor calidad, mejora en la imagen de la entidad. Solo hay que atreverse a empezar.
Negar la realidad no tiene sentido, se puede mejorar la salud y reducir los problemas respecto a las conductas adictivas en el ámbito del trabajo.